miércoles, 4 de marzo de 2009

A media semana

Venezuela, ahora

No es un lugar común ni una frase convencional decir que Venezuela ya no es la que fue antes, durante y después del Caracazo del 27 de febrero de 1989, ni la de antes de diciembre de 1999. A partir del 15 de febrero pasado, la República Bolivariana de Venezuela ha dado un paso trascendental y sin precedentes en lo institucional.

Lo nuevo en Venezuela rompe la formalidad jurídica tradicional y cambia el fondo de la doctrina constitucional. Los cambios que se vienen dando fortalecen, consolidan y profundizan el proceso revolucionario hacia el socialismo. Cuatro son, en mi opinión, los elementos nuevos que surgen de los cambios refrendados como resultado de la amplia y masiva participación ciudadana y popular en el curso del referéndum del pasado 15 de febrero. Hay otros, por supuesto. Por ahora, vale la pena detenerse en los que, según se puede ver desde aquí, son los principales.

Uno. En lo interno, se produce un cambio sustancial en la correlación de fuerzas a favor del proceso revolucionario al socialismo. Dos. La oposición queda aislada y más dividida de lo que ya estaba; su desgaste es ahora más acentuado que el que empezó a experimentar a partir del referéndum de 2007, teniendo en cuenta que los resultados de entonces le fueron favorables.

Tres. Con el referéndum del 15 de febrero, se consolida y profundiza una nueva doctrina constitucional para el cambio revolucionario, el desarrollo, el progreso, la justicia social y el internacionalismo solidario. Y, cuatro. Internacionalmente, a su vez, se consolida y profundiza una correlación de fuerzas favorable al equilibrio geopolítico en nuestro Continente.

El proceso revolucionario venezolano, su desenvolvimiento y desarrollo, ha cubierto ya dos ciclos históricos. A raíz de los resultados favorables al referéndum constitucional, se inicia el tercero llamado a cubrir los 10 años venideros (2009 – 2019) y que comienza con el trazamiento de los lineamientos estratégicos cuyo objetivo consiste en revisar, rectificar, ejecutar y fortalecer en lo económico y social los logros alcanzados por la Revolución Bolivariana en sólo un decenio (1999 – 2009). Ayer, se informó oficialmente de importantes cambios a nivel ministerial.

Estratégicamente, a partir del 15 de febrero, el pueblo venezolano dispone institucionalmente de las normas y disposiciones que aseguran y garantizan el avance del socialismo luego de lo ya alcanzado hasta ahora. Los 10 años anteriores han sido de arduo trabajo, teniéndole que hacer frente a enemigos internos y externos fuertes que, inteligentemente y en ningún momento, fueron subestimados por la dirección revolucionaria bolivariana y sus aliados.

Para entender el verdadero alcance de la nueva doctrina constitucional que se está abriendo paso en al menos tres países de América del Sur, hay que empezar por ubicar el rol que inveterada y tradicionalmente se le asigna al derecho en función del desarrollo y los cambios en lo económico, político, social e institucional. En el caso de nuestro país, lo predominante es una doctrina y una práctica jurídica en interés del mantenimiento institucional del statu quo.

Sólo en un momento, la normativa constitucional y las leyes que se fundamentaron en ella estuvieron al servicio del cambio, las transformaciones revolucionarias, el desarrollo, el progreso con justicia social, la independencia, la defensa de la soberanía nacional y el derecho a nuestra autodeterminación. Me estoy refiriendo a los dos lustros de la Revolución de Octubre (1944 – 1954). Para que ello fuera posible, primero, hubo que tomar el poder y, segundo, a partir de allí legislar en esa dirección.

En lo referente a Venezuela, la normativa constitucional vigente le da todo el poder al pueblo para modificarla y en cuanto a lo de la reelección indefinida, estrictamente hablando, se trata de garantizar el derecho a la postulación sucesiva de los cargos de elección popular lo que no supone la reelección automática sino sólo la posibilidad de someter sucesivamente el cargo a elección mediante la que o bien se ratifica en el cargo al postulado o se revoca su mandato. Es, por supuesto, una nueva y revolucionaria concepción y práctica de lo que es y debe ser la alternabilidad real.

Lo fundamental y decisivo en materia constitucional es que en lo que va del presente siglo, en Venezuela se dispone de una Carta Magna Bolivariana en tanto Ley suprema y fundamento de los cambios revolucionarios, a diferencia de lo que pasa en un país como el nuestro en que la Ley suprema y las que de ella se derivan, son el principal valladar a las transformaciones de fondo que Guatemala necesita.

Puede decirse, en conclusión, que lo que estaba en juego en Venezuela el pasado 15 de febrero, no sólo era la continuidad y profundización de la Revolución Bolivariana sino, en buena medida, el futuro de América Latina y el Caribe, como lo dijo el Presidente Chávez desde el Balcón del Pueblo del Palacio gubernamental de Miraflores, ante los muchos miles de sus correligionarios allí congregados, el día de la victoria.

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