miércoles, 19 de agosto de 2015

A media semana

Algo más sobre el
ordenamiento constitucional


La Constitución de 1956 fue discutida, aprobada y emitida cuando el país estaba en manos del liberacionismo anticomunista encabezado por un gobernante que se valió de un plebiscito mediante el que obligó a los ciudadanos a que de viva voz expresaran si estaban o no de acuerdo con que pasara a asumir el cargo como presidente de la República. Castillo Armas, encabezó la intervención norteamericana y fue así como trató de legitimarse en el poder.

La de 1965 se emitió después del golpe de Estado militar de 1963. Los constituyentes que la discutieron y aprobaron fueron electos cuando el país estaba bajo la vigencia de un Estatuto Político y sin ninguna posibilidad ni condiciones para que el voto se ejerciera libremente. La de 1986, actualmente vigente, se promulgó cuatro años después del golpe de Estado de 1982.

En situaciones de facto las normativas constitucionales promulgadas devienen en preceptos en los que lo que prevalece es la defensa, tutela y salvaguarda de los intereses de quienes están en el poder, son vulnerados y pisoteados los más elementales derechos de la población y no se garantizan ni preservan los derechos de las mayorías. En tales condiciones, la libertad y la democracia así instituidas es para beneficio e interés de quienes gobiernan y de quienes los han impuesto.

Esos intereses y privilegios, en el caso de la de 1956, no son otros que los de los terratenientes semifeudales y los de la United Fruit Company. En la de 1965, son los ya entonces intereses y privilegios de los empresarios y potentados herederos de aquél agotado modelo explotador de los terratenientes semifeudales.

En el caso de la actualmente vigente, constitucional e institucionalmente lo que se defiende, tutela y salvaguarda son los intereses de los dueños del gran capital bancario y financiero en el que se fusionan los intereses y privilegios de la agro exportación monocultivista, la no desarrollada ni próspera industria, el comercio y los servicios, y las transnacionales dedicadas a la explotación minera, los hidrocarburos y la energía eléctrica.

Es decir, el régimen constitucional vigente tutela y salvaguarda los intereses y privilegios de un puñado de potentados que en realidad mandan y deciden lo que hay que hacer en el país. Corresponde a un modelo depredador, saqueador y diseñado para que a la gran mayoría de la población se le superexplote, sea víctima de la represión, persecución y criminalización, se expropie y desaloje de sus tierras a los campesinos y comunidades indígenas, se privaticen los recursos estratégicos de la Nación, prevalezca la libre empresa, el libre comercio, la economía de mercado y la propiedad privada.

El Estado deviene en un Estado subsidiario y las instituciones se administran gerencialmente. En otras palabras, en el régimen constitucional vigente, en lo económico, financiero y social, está el fundamento y legitimación del neoliberalismo y la globalización como política de Estado y que, como tal, es un modelo agotado, caduco y en descomposición.

Una institucionalidad así ideada, en consecuencia, no garantiza ni asegura el avance y desarrollo del país. Además, resulta vulnerable y violentada a causa de las contradicciones y disputas que se derivan del asalto y secuestro del Estado por el poder económico hegemónico y su empresariado organizado, la corrupción, la impunidad, las mafias, los poderes fácticos, los grupos paralelos y toda clase de corruptores y advenedizos financistas de campaña.

En estas condiciones, el objetivo fundamental en lo institucional, político, gubernamental, económico y social --si es que en verdad se aspira y lucha por cambiar a fondo el estado actual de cosas--, habrá que empezar a hacerlo por lo principal; es decir, restablecer un ordenamiento constitucional que asegure el progreso, el desarrollo y el avance del país, una democracia real, funcional y participativa, un régimen de amplias libertades, inclusión y no discriminación, una Nación multiétnica, pluricultural y multilingüe, y que permita construir la Paz Firme y Duradera convenida y suscrita el 29 de diciembre de 1996.

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